Ley 21.772

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Declaración de Intereses y Patrimonio
República de Chile · Poder Judicial

Declaración de Intereses y Patrimonio

Ley N°20.880 sobre Probidad en la Función Pública

ORTEGA ALUL CARLOS ANDRÉS

Documento público correspondiente a la declaración de intereses y patrimonio del Notario, efectuada conforme a la Ley N°20.880. La información que la ley califica como reservada se identifica como «Reservado».

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Funcionarios
Notaría Ortega Alul · Cuarta Notaría de Curicó

Nómina de Funcionarios del Oficio

Artículo 401 bis del Código Orgánico de Tribunales — Ley N°21.772

Nombre Cédula de Identidad Cargo / Función Sueldo
Alejandra Cristina Gajardo Porter17.685.314-KFuncionaria en TerrenoDato sensible
Brahyan Alexi Aguilera Barrera20.269.692-9AdministrativoDato sensible
Carlos Rafael Díaz Valenzuela18.806.722-0AdministrativoDato sensible
Claudia Andrea Ortega Faúndez16.679.630-KAdministrativoDato sensible
Claudia Patricia Núñez Ramírez11.558.262-3AdministrativoDato sensible
Cristian Andrés Fuentez Sáez8.546.710-7AdministrativoDato sensible
Daniela Manuela Riquelme Caro15.632.243-1CajeraDato sensible
José Héctor Burgos Burgos13.852.855-3AdministrativoDato sensible
Karem Angélica García Moreno28.592.149-KPorteríaDato sensible
Mayoret Nataly Aliaga Navarrete18.254.481-7AdministrativoDato sensible
Patricia Angélica Salazar Polanco26.1142.739-7AdministrativoDato sensible
Verónica del Carmen Valenzuela Pérez13.350.651-9AdminstrativoDato sensible
Pauta de Fiscalización a Notarías
Poder Judicial · Fiscalía Judicial

Pauta de Fiscalización a Notarías

Informe de inspección — Artículo 401 bis del Código Orgánico de Tribunales

VISITA 25 DE MAYO DE 2026 · INFORME 29 DE MAYO DE 2026

Preámbulo. El objetivo de la visita a notarías por la Fiscalía Judicial, se enmarca en lo establecido en el artículo 353 N°2 y 353 bis del Código Orgánico de Tribunales, relativo a la obligación de supervisar la conducta funcionaria del personal de la segunda serie del Escalafón Secundario del Poder Judicial, a fin de promover los procedimientos disciplinarios correspondientes frente a la detección de faltas, abusos o incorrecciones por parte de aquellos. Las visitas se deben realizar de manera trimestral a cada oficio notarial (artículo 564 del Código Orgánico de Tribunales).

Datos generales

Corte de Apelaciones
Iltma. Corte de Apelaciones de Talca
Fiscal Judicial
Sr. Gonzalo Pérez Correa.
Oficial de Fiscal
Sra. Viviana Acevedo Díaz, en compañía de la administrativa auditor, Sra. María Fernanda Guevara V.
Notaría
4ta Notaría de Curicó – Carlos Ortega
Ubicación Notaría
Argomedo #280. Curicó.
Fecha de la visita
25 de mayo de 2026.
Fecha del informe
29 de mayo de 2026
Período a revisar
Enero de 2026 a la fecha de la fiscalización.
I. Notario, personal, ámbito disciplinario y cumplimiento de derechos laborales
1. Antecedentes del notario titular
NombreFecha de NombramientoEstado Declaración de Intereses y PatrimonioObservaciones
1 Carlos Andrés Ortega Alul 2 de julio de 2021. Decreto N° 74. Al día. Realizada el 31 de marzo del año en curso, bajo el N° 114.497. Realizó la fianza el 15 de octubre de 2021, con el Repertorio N° 3490-2021, realizada en la Séptima Notaría de Talca.
2. Antecedentes de notarios suplentes, subrogantes e interinos
NombreCalidadPeríodos ServidosEstado Declaración de Intereses y PatrimonioEstado de Caución (art. 473 bis, sólo interinos)Observación
1 Jorge Alberto Wilson Olavarría Suplente 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19 y 20 de marzo de 2026 Al día. No corresponde Las únicas DIP que registraba hasta la fecha de la inspección es de 30 de agosto de 2024. N°s declaraciones 89735 y 89733. Fue contacto a través de correo electrónico, realizándolas con fecha 18 de junio.
2 Roberto Enrique Moya Nilo Suplente 23 al 25 de marzo de 2026. Realizadas. No corresponde Las únicas DIP que registra es de 30 de noviembre de 2025 y 2 de marzo de 2026, no coincidiendo con las fechas de la suplencia. Se remitió correo electrónico el 24 de junio, indiciando realizar las pendientes. Con fecha 26 de junio respondió haber dado cumplimiento a las DIP pendientes. No obstante, al revisar no se encuentran visibles aun.
3. Dotación efectiva del personal de la notaría
NombreCargoSituación contractualObservación
1Brahyan Alexis Aguilera BarreraFuncionesIndefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
2Mayoret Nataly Aliaga NavarreteFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
3José Héctor Burgos BurgosFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
4Carlos Rafael Díaz ValenzuelaFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
5Cristian Andrés Fuentes SáezFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
6Alejandra Cristina Gajardo PorterAdministrativoindefinidoCónyuge del Notario.
7Karem Angélica García MorenoEstafetaindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
8Claudia Patricia Núñez RamírezFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
9Claudia Andrea Ortega FaúndezAdministrativaindefinido- Anexo IMM
10Daniela Manuela Riquelme CaroFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
11Patricia Angéica Salazar PolancoFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
12Verónica del Carmen Valenzuela PérezFuncionesindefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
13Cristian Andrés Fuentes SáezFuncionesIndefinido- Contrato no indica cargo, solo funciones.
- Anexo IMM
4. Sanciones disciplinarias
ÍtemNOObservaciones
4.1. Existencia de procesos disciplinarios en curso respecto del notario (titular, subrogante y suplentes)XNo existen procesos disciplinarios en contra del interino, subrogante o suplentes. Lo anterior, conforme a la base de información de esta Fiscalía Judicial y según lo informado por el Presidente de esta ICA.
4.2. Existencia de sanciones firmes aplicadas durante el presente y el año anterior y su cumplimientoXNo hay sanciones aplicadas, de acuerdo con la base de información de esta Fiscalía Judicial.
4.3. Cumplimiento de otras medidas ordenadas por la Corte de Apelaciones (en caso de existir)XNo hay. Conforme a información entregada por la ICA.
5. Cumplimiento de derechos laborales del personal
ÍtemNOObservaciones
5.1. Existe facilidad para acceder a la revisión del estado de pago de remuneraciones y cotizaciones previsionalesXEn el oficio se mantienen archivadores con información respecto a documentación de personal, prevención de riesgo, etc.
5.2. Pago de remuneraciones se encuentra al díaXLiquidaciones respectivas correctamente firmadas por los trabajadores de manera mensual.
5.3. Cotizaciones previsionales se encuentran declaradas y pagadas dentro de plazoXSon enviadas previo a la visita de manera informativa, se encuentran pagadas en forma y plazo los meses de enero a abril. En el oficio no se evidencian impresas ni archivadas (solo en formato digital).
5.4. Cotizaciones de salud se encuentran declaradas y pagadas dentro de plazoXSon enviadas previo a la visita de manera informativa, se encuentran pagadas en forma y plazo los meses de enero a abril. En el oficio no se evidencian impresas ni archivadas (solo en formato digital).
5.5. Existencia de juicios laborales en curso en contra del notario (excluir procedimientos por acoso laboral y sexual)X
5.6. Existencia de sentencias laborales firmes en contra del notario durante el año actual y anterior (excluir procedimientos por acoso laboral y sexual)X
Otras observaciones sobre este ámbito

Los contratos de trabajo se presentan ordenados en un archivador junto con la demás información laboral del personal y cumplen, en efecto, con las formalidades correspondientes. La única observación que puede formularse al respecto es que no se establece un cargo propiamente tal para los trabajadores, sino que se describen únicamente las funciones a desempeñar, lo que, en efecto, puede generar falta de claridad en la estructura de la organización, ambigüedad respecto de las responsabilidades u obligaciones asociadas y escasa precisión en el desempeño de funciones al momento de una fiscalización.

La mayoría de los funcionarios cuenta con sus respectivos anexos de contrato que establecen la calidad de indefinidos. No obstante, existen tres casos en los que, pese a no existir un anexo formal en tal sentido, la relación laboral debe entenderse indefinido, atendida la continuidad del vínculo laboral con posterioridad al vencimiento de los plazos inicialmente pactados y por el mero transcurso del tiempo.

Entre los documentos laborales se encuentran las respectivas IRL (Información de Riesgos Laborales), las cuales fueron debidamente difundidas por un prevencionista de riesgos y se encuentran firmadas por cada trabajador, dejando constancia de su conocimiento y recepción.

El RIOHS se encuentra vigente, archivado junto con la documentación correspondiente al área de prevención de riesgos y actualizado a agosto de 2025, fecha en que fue presentado ante la Dirección del Trabajo. Asimismo, se encuentra el acta de difusión debidamente firmada; los trabajadores reconocen que el RIOHS fue difundido vía correo electrónico y manifiestan estar en conocimiento de su contenido.

La información y difusión relativa a la Ley Karin se encuentra debidamente archivada, contando además con las respectivas actas de recepción firmadas por los trabajadores, mediante las cuales se deja constancia de su conocimiento y recepción.

El orden general de la documentación del personal es bueno, separado por trabajador, archivado y de fácil acceso al momento de revisar.

Respecto a las liquidaciones se encuentran debidamente firmadas por los trabajadores, se archivan separadas mensualmente.

Respecto a las vacaciones, existe un control efectivo y demostrable, mediante planilla Excel indicando las fechas utilizadas, el período al que corresponden y el total acumulado por cada trabajador.

Asimismo, se mantiene un sistema de control mediante papeletas firmadas tanto por el empleador como por el trabajador, en las cuales se registran los permisos otorgados, ya sea con o sin goce de remuneraciones, o correspondientes a feriado legal.

No obstante, en esta materia se evidencia una importante falencia organizacional en cuanto al uso y control del feriado legal, esto se evidencia en que trabajadores hacen uso fraccionado de días durante el año, lo que posteriormente dificulta o impide el otorgamiento de los 10 días hábiles continuos que exige la normativa laboral. Asimismo, se constata la existencia de trabajadores que mantienen acumulados hasta cuatro períodos de feriado, situación que excede lo permitido legalmente y que debiese ser regularizada por el empleador mediante una adecuada programación y otorgamiento de vacaciones. Situación que fue planteada al notario, quien se excusó señalando circunstancias tales como la pandemia, período durante el cual no se hacía uso del feriado legal (por ende se acumuló), así como casos de trabajadores que no manifestaban interés en hacer uso de sus vacaciones o que no coordinaban oportunamente sus fechas de descanso.

Respecto al libro de asistencia, se evidencia que se encuentra en buenas condiciones materiales y debidamente ordenado en cuanto a firmas. Asimismo, los registros de horarios resultan concordantes con lo establecido en los contratos de trabajo, efectuándose además el conteo de horas diarias correspondientes, no advirtiéndose observaciones relevantes en este punto. Actualmente ya se encuentra implementada la rebaja de jornada, aplicándose efectivamente una jornada laboral de 40 horas semanales.

Desde enero a la fecha no se registran desvinculaciones de personal, por lo que no existen finiquitos disponibles para revisión en el período analizado.

Cabe mencionar la situación particular de una trabajadora que detenta el cargo de administrativa, quien percibe una remuneración significativamente superior al resto del personal, cuyos ingresos se encuentran bajo el canon de ingreso mínimo mensual (IMM), actualmente de $539.000, mientras que dicha trabajadora mantiene una remuneración aproximada de $2.700.000. Asimismo, es la única trabajadora contratada bajo el artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, percibiendo además asignaciones de colación y movilización por $80.000 cada una, pese a que asiste de manera esporádica al oficio, lo que resulta coincidente con el hecho de ser cónyuge del notario. Al respecto, se le hace la observación al notario, a lo cual señala conocer la eventual prohibición de contratación de familiares, no obstante, entiende que dicha situación habría sido anterior a la entrada en vigor de la normativa actualmente aplicable. Agrega que se trata de un cargo de absoluta confianza, en el cual la trabajadora realiza labores directas para él, tales como gestiones bancarias, revisión de cuadraturas de caja, retiro de documentación e inscripciones de vehículos, entre otros trámites asociados a la operación del oficio.

II. Infraestructura física de la notaría y vinculación con el usuario
ÍtemDescribir
1.1. Situación del inmueble (Propio, arrendado u otro. En caso de existir contrato vigente, especificar) Es un inmueble arrendado. Dicho arriendo se pactó entre Sociedad Civil Agrícola Genta Limitada y don Carlos Andrés Ortega Alul, con fecha 2 de mayo de 2024. La duración es de 7 años a contar del primero de marzo de 2024, el que se prorrogará, en forma tácita y sucesiva, por periodos de 3 años, de común acuerdo.
1.2. Condiciones de conservación y seguridad (caja fuerte o bóveda ignífuga, implementos de seguridad, extintores con certificación de carga vigente, salidas y plan de emergencia) Se registran tres extintores multipropósito en el oficio, ubicados dos en el primer nivel y uno en el segundo piso, los cuales se encuentran vigentes y cuentan con sus respectivos certificados de carga, con fecha de abril de 2026. Se evidencian diversas señaléticas en el recinto relacionadas con las salidas de emergencia y la dirección de evacuación, así como indicaciones sobre el uso del pasamanos al utilizar la escalera hacia el segundo nivel, las cuales, según lo informado, fueron instaladas por el prevencionista asesor. Asimismo, se constata la existencia de luces de emergencia y cámaras de vigilancia. El notario señala, además, contar con generadores eléctricos de respaldo, los cuales permiten mantener la continuidad del servicio en caso de cortes de suministro eléctrico.
1.3. Idoneidad de espacios para atención y espera de usuarios En el hall de acceso al oficio se encuentran 10 sillas destinadas a la espera de atención en el mesón, el cual cuenta con cuatro módulos de atención. En este sector, los trámites se realizan de pie. Por otra parte, los trámites relacionados con escrituras se gestionan en módulos ubicados en la parte posterior del oficio, los cuales disponen de una silla cada uno para la persona que realiza el trámite.
1.4. Accesos y servicios higiénicos para personas en situación de discapacidad No cuenta con servicios higiénicos aptos ni accesibles para personas en situación de discapacidad. En el primer nivel del oficio existe un único baño, el cual eventualmente es facilitado al público si es solicitado, no existiendo señalética que lo identifique. Este se ubica en el primer nivel y su acceso no es de fácil tránsito, ya que para llegar a él se deben descender tres peldaños, debido a que se encuentra bajo la caja de escala.
1.5. Atención preferente para grupos de riesgo (personas mayores, embarazadas u otros) Se indica que la atención a personas que requieren atención preferente se realiza en cuanto un funcionario se desocupa. Sin perjuicio, existe una funcionaria encargada que se ubica en la puerta de entrada del oficio, quien consulta a los usuarios qué trámites desean realizar y es ella quien los va derivando. Se constata que no existen número de atención, tampoco señalética que así lo indique. Se debe mencionar que tanto desde el mesón como desde los módulos de atención no es visible la zona de espera de los usuarios, y tampoco se cuenta con señalética o carteles que indiquen la posibilidad de solicitar atención preferencial.
1.6. Orden e higiene general de las dependencias Se aprecia buen orden respecto a las zonas de trabajo, buena higiene general del inmueble.
1.7. Condiciones materiales bajo las que prestan servicios el personal (puestos de trabajo, cocina, baños y otros) La disposición física es la siguiente: la zona del mesón se encuentra cerrada perimetralmente mediante un muro bajo de albañilería y un cierre superior de vidrio, lo que impide el contacto directo con el usuario. En este sector se ubican cuatro puestos de atención, cada uno con sus respectivas sillas, monitores y útiles de trabajo, incluida una fotocopiadora para los 4.

En el espacio intermedio entre la zona de mesón y el área de escrituras se emplaza un cubículo destinado a la caja, el cual también cuenta con cierre perimetral de medio muro de albañilería y vidrio en la parte superior, dejando únicamente una abertura para la recepción de dinero o el uso de la máquina de pago. El puesto de trabajo es de dimensiones reducidas y no entrega gran libertad de movimiento. El acceso se realiza mediante una puerta ubicada al costado derecho.

En la zona de escrituras existen cuatro módulos, separados entre sí mediante divisiones de melamina de color azul de aproximadamente 1,60 m de altura, con el fin de otorgar cierta «privacidad». Cada escritorio tiene forma de L y cuenta con su respectivo computador, impresora y bandeja para documentos. Si bien no son de grandes dimensiones (aproximadamente 1,50 x 2 m), el espacio permite la disposición de los equipos y una silla para los usuarios. Al final de este espacio destinado a los módulos, se encuentra un mueble de suelo a techo con seis puertas, donde se almacenan archivadores y diversa documentación. A un costado de este, hay un escritorio adicional con silla de trabajo, destinado al orden y archivado de documentos.

Asimismo, se dispone de baños diferenciados para hombres y mujeres. Este último se mantiene generalmente con llave, entregándose el acceso a la usuaria que lo requiera, con el fin de resguardar la privacidad e higiene. Cabe señalar que este baño en particular se encuentra ubicado en el segundo nivel del oficio.

Respecto a la zona destinada a comedor, esta se encuentra apartada del área de atención a usuarios. Para acceder a ella se debe cruzar el patio del inmueble, donde se ha habilitado una dependencia que cuenta con un comedor, cuatro sillas, lavaplatos, frigobar y microondas.

Respecto a la oficina del notario, esta se encuentra ubicada al ingresar al oficio pasada la zona del hall, hacia el lado derecho. Es de buenas proporciones y cuenta con un escritorio amplio, computador, silla de trabajo, además de dos sillas destinadas a la atención de usuarios y dos sillones adicionales al fondo del recinto. El espacio dispone de ventanas hacia el interior, lo que permite visualizar la afluencia de público y lo que ocurre en el sector del mesón.

En el inmueble se dispone de una sala de reuniones en el primer piso, la cual cuenta con una mesa central de vidrio y cuatro sillas. En el segundo piso se emplazan dos salas de reuniones adicionales, cada una equipada con su respectiva mesa de vidrio y seis sillas. Ninguna de estas dependencias cuenta con aire acondicionado ni sistema de calefacción. Según se indica, el segundo piso no es habitualmente utilizado por clientes.

En el segundo nivel también se encuentra el baño de mujeres, el cual se observa en buen estado de aseo y provisto de útiles de higiene.

Asimismo, existe una dependencia destinada a lockers para funcionarios, la que cuenta con 12 casilleros con chapa de seguridad, disponibles para el uso del personal, independiente de si estos son utilizados o no.

También se identifica una sala destinada al equipo de servidor, y otra dependencia utilizada como bodega de almacenamiento de libros, repertorios y archivadores, los cuales se encuentran organizados en estanterías de madera dispuestas en los costados y al centro del lugar. A la fecha de la visita, solo las estanterías laterales se encuentran ocupadas, permaneciendo las demás vacías. Dentro de esta misma dependencia también se emplaza un baño de pequeñas dimensiones.

Finalmente, se constata que todas las ventanas del inmueble, tanto del primer como del segundo nivel, se encuentran provistas de protecciones de fierro.
1.8. Publicación de aranceles en cartel físico y página web Se publica el arancel en la página web, no así las tarifas actuales cobradas. Físicamente en el inmueble se encuentra en el sector de la caja.
1.9. Información visible sobre canales y horario de atención de público. Verificar además comunicación formal y previa a la Fiscalía Judicial sobre el horario vigente y sus modificaciones (art. 475 COT). Solicitar el respaldo del correo enviado a la Fiscalía. El horario de atención se encuentra pegado en la puerta de vidrio del inmueble. La información respecto al fiscalizador se encuentra en el vidrio del mesón de atención, indicando nombre, dirección, correo electrónico y teléfono.
1.10. Indicar si existe libro físico de reclamos u otra modalidad similar y tramitación que se otorga a los que se ingresan Existe libro físico, el cual consta con la apertura del año 2026, ingresándose en él solo dos comentarios de felicitaciones fechado de 2 de enero y 27 de abril. Se deja observación de darle formato a cada anotación para que en caso de un eventual reclamo se pueda dar seguimiento y respuesta al mismo, idealmente vía correo electrónico para respaldo.
1.12. Terminales o equipos de consulta disponibles para el público. No existen.
III. Función notarial
1. Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 401 bis del Código Orgánico de Tribunales
ÍtemNOObservaciones
1.1. Disponibilidad de medios electrónicos para transmisión, comunicación y recepción de documentación digitalXCorreo electrónico.
1.2. Existencia de respaldo digital de repertorios, índices y otros libros, mediante el repositorio digital (art. 409 ter COT)XA partir del 2 de abril se encuentran digitalizados, los repertorios, protocolos e índices.
1.3. Existencia de sistemas electrónicos en que se archivan los respaldos digitales de documentos extendidos o protocolizados en la notaríaXCuenta con servidor propio en el oficio y además sistema de almacenamiento en nube.
1.4. Disponibilidad de sitio web con toda la información exigida por la ley actualizada. Debe contener: nómina de personal con remuneraciones; últimos tres informes de fiscalización; balances anuales; declaraciones de patrimonio e intereses (401 bis N°4 COT)XCon observaciones respecto a publicar la DIP y las tarifas por trámite. Respecto de la primera se dan 5 días para publicarla en la web. Respecto a la nómina del personal se acepta tarjar datos respecto a remuneración e indicar que fueron informados al FJ.
1.5. Disponibilidad de correo y firma electrónica avanzada vigente (FEA)XFirma vigente hasta 2027.
1.6. Cumplimiento de informe trimestral de los aranceles que perciben al Ministerio de Justicia y DD.HH. (art. 401 bis N°8 COT)No vigente.
1.7. Verificación de la capacidad de transmitir copias electrónicas y existencia de protocolos de respaldo que garanticen integridad de datos frente a fallas técnicasX
1.8. Remisión electrónica oportuna de títulos al Conservador competente (art. 401 N°12 COT)En general no se realiza, solo en aquellos casos de petición de clientes frecuentes. Señala que a cada persona se le entrega copia física y electrónica, además de explicar y cada cliente opta por llevarlos personalmente al Conservador de Bienes Raíces respectivo.
1.9. Requerimientos del SERNAC: ¿Ha recibido el oficio requerimientos del SERNAC? ¿Coinciden con denuncias en el canal de la Fiscalía? Requerir reporte de consultas y reclamos del canal del sitio web, evaluando tiempo y calidad de respuesta.Recibe correo de SERNAC pero no se registra.
2. Revisión y examen de repositorios de documentos
Ítem1ª Anotación del PeríodoÚltima Anotación del PeríodoObservaciones
2.1. Libro de protocolo (art. 429 COT) Repertorio N° 1, de 2 de enero. Repertorio N° 187, de 31 de enero. Se encuentran empastados hasta el año 2024. Sin perjuicio que se encuentran en proceso de revisión los años 2021 y 2022 para ser remitidos a la brevedad al CBR.
2.2. Libro de repertorio de escrituras públicas y documentos protocolizados (art. 430 COT) Repertorio N° 1, de 2 de enero. Repertorio N° 187, de 31 de enero. Se autoriza por FJ a llevar el índice en formato y digital y pegarlo al libro físico, pero manteniendo el debido cuidado de que firma y timbre queden en el documento en la mitad correspondiente de la hoja digitalizada, manteniendo la otra mitad incorporada en el libro físico respectivo.

Los meses siguientes se desglosa de la siguiente manera:
Febrero: comienza el día 2, con el Repertorio N° 188 y termina el día 28, con el Repertorio N° 524.
Marzo: comienza el día 2, con el Repertorio N° 525 y termina el día 31, con el Repertorio N° 783.
Abril: comienza el día 1, con el Repertorio N° 784 y termina el día 30, con el Repertorio N° 942.
Mayo: comienza el día 4, con el Repertorio N° 943 y a la fecha de la fiscalización iba en el Repertorio N° 1071.

Se revisaron al azar algunas escrituras y se constató que el Repertorio N° 188, decía «2 de enero» debiendo decir «2 de febrero».
2.3. Libros índice público y privado (art. 431 COT) Se lleva de forma empastada hasta el año 2022. Respecto a los otros años, es decir, 2023, 2024 y 2025, se encuentran en condiciones de ser empastados. Respecto al índice privado, no se lleva. Solo mantienen un Libro donde se registran los testamentos otorgados en la Notaría.
2.4. Libro repertorio de vehículos motorizados 2-1-2026: Repertorio N° 1. 31-1-2026: Repertorio N° 196. (Revisado) Es un Libro apaisado color café, sin individualización, solo se distingue por número que tiene asignado en su portada.

Los meses siguientes se detalla de la siguiente manera:
Febrero: comienza el día 2, con el repertorio N° 197 y termina el día 28 con el Repertorio N° 303.
Marzo: comienza el día 2, con el repertorio N° 304 y termina el día 31 con el Repertorio N° 433.
Abril: comienza el día 1, con el repertorio N° 434 y termina el día 30 con el Repertorio N° 537.
Mayo: comienza el día 4, con el repertorio N° 538 y a la fecha de la fiscalización, seguía con el Repertorio N° 616.
2.5. Libro de instrucciones al notario y custodia de documentos acompañados Comienza con la instrucción N° 1, de 5 de enero. Repertorio N° 6. Termina con la instrucción N° 11, de 30 de enero. Repertorio N° 147. Es un archivador que no se individualiza como tal, se lleva ordenado en forma correlativa. El desglose continúa de la siguiente manera:
Enero: se registraron 11 instrucciones.
Febrero: se registraron 5 instrucciones. Comenzando el 4 de febrero, con la instrucción N° 12, Repertorio N° 213 y termina el 26 de febrero, con la instrucción N° 17, Repertorio 472.
Marzo: se registraron 2 instrucciones. Comenzando el 20 de marzo, con la instrucción N° 18, Repertorio N° 726 y termina el mismo 26 con la instrucción N° 19, Repertorio 753.
Abril: se registraron 9 instrucciones. Comienza el 8 de abril, con la instrucción N° 20, Repertorio N° (no se registra). Termina el 30 de abril, con la instrucción N° 29, Repertorio N° (no se registra).
Mayo: a la fecha de la fiscalización se registran 11 instrucciones. Comienza el 6 de mayo, instrucción N° 30, repertorio N° 957 y termina el 23 de mayo, instrucción N° 40, Repertorio N° (no registra).
2.6. Libro de no donantes de órganos Es un Libro apaisado, individualizado como tal, no se realiza apertura ni cierre por año. Se instruye hacerlo en lo sucesivo. El año en curso no tiene ningún registro de declaración.
ÍtemSe mantiene al día y ordenadoObservaciones
2.7. Registro de remisión a Archivero Judicial (art. 433 COT) NO Se remitió hasta el año 2020. Los años 2021, 2022 y 2023 se encuentran en condición de ser enviados al CBR, deben coordinar envío y recepción. El año 2024 se encuentra en proceso de revisión para posteriormente empastar.
2.8. Libro especial de visitas de inspección (art. 553 inciso final COT) Corresponde a un archivador debidamente llevado. Al revisar solo se encontraba hasta el Sexto Bimestre del año 2025. Sin perjuicio esta Fiscalía Judicial, tuvo acceso a las visitas realizadas por el Primer Juzgado de Letras de Curicó, a cargo de su titular doña María Alejandra Orellana Yáñez, dejando como constancia u observaciones, las siguientes:

1.- Quinto Bimestre, realizada el 10 de noviembre de 2025:
a) constancia de haberse constituido la Brigada de Delitos Económicos Metropolitana de la PDI, con orden de incautación del Juzgado de Garantía de Stgo, en causa Rit 1488-2025.
b) Cumplimiento de los cierres diarios de los Libros correspondientes a los Repertorios de escrituras públicas, de vehículos motorizados y el Registro de Protesto de Letras y Pagarés y, que se lleva el registro de finiquitos diariamente de forma computacional.
c) Se hace presente el horario de atención, que es de 8:30 a 16:00 horas y de 8:30 a 17:00 los funcionarios que se dedican a realizar labores administrativas de registro y orden.

2.- Sexto Bimestre: realizado el 7 de enero.
a) renuncia voluntaria de Santiago Rafael Cisternas Molina.
b) Estado de causas laborales.
c) Reclamación RIT I51-2025 y Rit 70-2025.
d) Cumplimiento de los cierres diarios de los Libros correspondientes a los Repertorios de escrituras públicas, de vehículos motorizados y el Registro de Protesto de Letras y Pagarés y, que se lleva el registro de finiquitos diariamente de forma computacional.
e) Se hace presente el horario de atención, que es de 8:30 a 16:00 horas y de 8:30 a 17:00 los funcionarios que se dedican a realizar labores administrativas de registro y orden.

3.- Primer Bimestre: realizada el 9 de marzo.
a) contratación de doña Karem García Moreno.
b) Cumplimiento de empaste de escrituras públicas año 2023, 2024 y hasta el cuarto bimestre de 2025.
c) Cumplimiento de los cierres diarios de los Libros correspondientes a los Repertorios de escrituras públicas, de vehículos motorizados y el Registro de Protesto de Letras y Pagarés y, que se lleva el registro de finiquitos diariamente de forma computacional.
d) Se hace presente el horario de atención, que es de 8:30 a 16:00 horas y de 8:30 a 17:00 los funcionarios que se dedican a realizar labores administrativas de registro y orden.
3. Revisión de aspectos económicos, arancelarios y financieros
ÍtemNOObservaciones
3.1. Existen reclamos por cobros no ajustados de aranceles publicadosXNo se evidencian reclamos formales en el libro, ni el notario hace expreso haberlos recibido por medios formales.
3.2. Existencia de anomalías en cobros de aranceles asociados a cada trámite (revisión aleatoria) X Se realiza revisión aleatoria de boletas emitidas, por distintos conceptos y montos, verificando de esta forma alguno de los siguientes documentos:

BHE N° 87258, 87429 y 88044, cada una por $25.000 correspondientes a Transferencia de vehículos, no hay diferencia en montos cobrados, en sus respectivas glosas indican el repertorio por lo que es factible llegar al contrato de compraventa, se solicitan y revisan y ambos corresponden en forma a las boletas.

BHE N° 88226, por la suma de $3.500, con glosa «Declaración jurada», el monto es concordante y está dentro del rango con los valores de mercado observados en otros oficios.

BHE N° 88512, por la suma de $17.500, con glosa «Legalización 5 finiquitos mayo 2026» y corresponde a cliente empresa (agrícola Mantos verdes Ltda.) manteniendo convenios de valor con los mismos quedando a $3.500 cada documento, valor acorde a mercado.

BHE N° 88231, por la suma de $85.000, con glosa «Cesión de derechos…». Consultada la operación asociada a dicha boleta, se indica que solo es posible identificar el documento mediante el nombre de las partes, toda vez que la boleta no consigna número de repertorio ni otro antecedente que permita vincular directamente el cobro con la escritura respectiva. Posteriormente, se aclara que dicho monto correspondería al cobro del 50% del trámite, acompañando para tales efectos la BHE N° 88232, también por $85.000, además de un correo electrónico de respaldo en el cual se señala que el valor total acordado para la escritura ascendía a $170.000. Sin perjuicio de lo anterior, tales antecedentes no se reflejan en la glosa de las boletas emitidas, ni permiten establecer de manera objetiva y directa la relación entre los cobros efectuados y el trámite correspondiente, dependiendo dicha identificación únicamente del conocimiento y recuerdo de los funcionarios respecto de «cada caso» y la forma en que fue cobrado.

BHE N° 88216, por la suma de $100.000, con glosa «Hipoteca garantía general Banco de Chile», consultado el desglose indican que es una tarifa estándar para cliente banco, donde las escrituras que no sean asociadas a valores serán cobradas a tarifa única de $100.000, mientras que las que sí se asocien a valores hasta 2500 UF serán a $165.000 y sobre 2501 UF a $195.000, entregan correo de respaldo con tarifas de variados trámites para clientes habituales tipo constructoras o bancos.
3.3. Informe de Unidad de Análisis Financiero en tiempo y forma (art. 3 Ley 19.913)XSe entregan certificados de cumplimiento respecto al 1er y 2do semestre 2025, ambos declarados en plazo. Se encuentran archivados junto con los demás documentos de cumplimiento. No se puede obtener el print del acceso del oficial de cumplimiento ya que la persona a cargo no se encontraba en el oficio el día de la fiscalización.
3.4. Se encuentra designado un funcionario responsable del relacionamiento con la U.A.F.Obs.Hay una funcionaria quien está a cargo, pero en el momento de la fiscalización no se encontraba en el oficio ya que estaba de vacaciones. Se deja observación de que la designación no se realizó formalmente por anexo ni tampoco se le designa un subrogante en caso de que no esté en el oficio.
3.5. Notario se encuentra afecto a auditoría anual (art. 482 ter COT)n/a
3.6. Auditoría anual contiene observaciones no subsanadas por el notarion/a
3.7. Verificación de auditoría especial: ¿Se han cumplido 5 años sin auditoría? ¿Existe un cese de funciones del antecesor que amerite auditoría extraordinaria? (art. 482 quater letra f) COT)n/a
Otras observaciones sobre este ámbito
  • Eventualmente, sí es posible efectuar la trazabilidad entre una BHE y el documento respectivo; sin embargo, no se trata de un proceso automatizado ni expedito, sino que depende, en gran medida, de que cada funcionario logre identificar quién realizó el trámite y encontrar el respaldo correspondiente a partir del nombre de las partes. Se sugiere incorporar el número de repertorio en la glosa de la boleta e implementar un desglose de cobros, de manera que tanto el cliente como el fiscalizador puedan identificar claramente los ítems que componen el monto total cobrado.
  • Se debe dar formalidad al cargo como oficial de cumplimiento ante la UAF, designar subrogante y en cumplimiento a la circular N°62 realizar capacitaciones al personal.
IV. Clima laboral
ÍtemNOObservaciones
1.1. Se da cuenta de malos tratos y/o tratos discriminatoriosXSi bien no existen reclamos formales ni denuncias establecidas, sí se evidencia clara incomodidad respecto al personal y el trato con el empleador.
1.2. Se da cuenta de situaciones que configuren acoso laboralX
1.3. Se da cuenta de situaciones que configuren acoso sexualX
1.4. Existencia de sanciones disciplinarias firmes durante el año actual y anterior por situaciones relativas a maltrato y/o acoso laboral y sexualX
1.5. Existencia de juicios laborales en curso en contra del notario por situaciones de acoso laboral y sexualX
1.6. Existencia de sentencias laborales firmes en contra del notario durante el año actual y anterior por situaciones de acoso laboral y/o sexualX
Otras observaciones sobre este ámbito

En el momento de la fiscalización no fue posible por temas de tiempo realizar entrevistas personales y privadas con cada uno de los trabajadores, durante la reunión general de presentación efectuada por el Sr. Fiscal y quienes lo asistían en el procedimiento, los trabajadores manifestaron que el clima laboral no resulta del todo favorable para ellos.

En dicha instancia hicieron presente su descontento respecto al trato recibido por parte del empleador, particularmente en relación con las formas y el modo en que este se dirige hacia ellos. Asimismo, expresaron su malestar por las remuneraciones percibidas y por la sobrecarga laboral a la que señalan estar expuestos y que en efecto sienten que se incrementará aún más a raíz de la nueva normativa y las exigencias de esta, indicando que dicha sobrecarga no se verá reflejada en una compensación económica acorde a las funciones y responsabilidades desempeñadas.

De igual manera, los trabajadores dejaron entrever ciertas aprensiones respecto del carácter y estilo de liderazgo del empleador, señalando que aquello impactaría negativamente en la forma en que se sienten al momento de ejecutar sus labores.

V. Observaciones generales
1. Buenas prácticas detectadas
  • Comunicación fluida entre el ministro de fe y los usuarios, se desplaza por todo su oficio para realizar su cometido, respondiendo las dudas de la gente que lo solicita.
  • Ministro de fe ordenado en los libros que lleva y en la documentación relativa al personal a su cargo.
2. Malas prácticas detectadas

No se advierten durante la inspección.

3. Ámbitos que deben ser corregidos por el notario
  • La página web del oficio debe contener toda la información señalada en el artículo 401 bis del Código Orgánico de Tribunales.
  • Remitir a la brevedad los libros empastados 2021 y 2022 al Conservador de Bienes Raíces, previa revisión minuciosa de estos, a fin de evitar reparos. Asimismo, debe proceder a la brevedad a empastar aquellos correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, en el caso de los dos primeros, deben estar empastados a más tardar en septiembre del año en curso, para lo cual deberá adoptar las medidas necesarias, según lo conversado personalmente con el ministro de fe.
  • El libro Repertorio debe tener carátula o título que lo individualice, además, las enmendaduras que en él se efectúen deben ser debidamente salvadas.
  • En el libro de vehículos motorizados, también se deben salvar las enmendaduras o borrones, los números de repertorio deben ir con lápiz pasta y no grafito. Asimismo, las columnas del libro deben indicar el motivo.
  • Oficios despachados al Registro Civil por testamentos, deben ser remitidos dentro del plazo legal, lo que no se advierte en la inspección.
  • Libro de protesto de pagarés y letras no tiene título o carátula, debe ser correctamente llevado, mes a mes.
  • Debe indicar en contrato de trabajos el cargo del personal.
  • Las escrituras públicas deben indicar el número de boleta asociado a dicha operación, para poder supervisar la trazabilidad de esta.
  • El ministro de fe debe ser más acucioso en el cumplimiento de sus labores, especialmente en la información contenida en la escritura pública debe ser coincidente con la señalada en el Libro Repertorio, por ejemplo, en Repertorio N° 527 en escritura pública aparece como fecha el 3 de marzo y en libro 2 de marzo; en Repertorio 188 en escritura dice 2 de enero y el libro 2 de febrero. Además, el Repertorio 976 aparece corregido y no subsanado o salvado.
  • Es necesario regularizar a la brevedad el tema del feriado del personal del oficio, conforme a observación formulada en el acta.
  • Debe dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 479 del Código Orgánico de Tribunales, ya que, su cónyuge presta servicios en el oficio, se constata una diferencia considerable en lo que percibe, en comparación al resto de los funcionarios, además, no concurre presencialmente al oficio, no obstante, percibe asignaciones de colación y movilización.
4. Estado de cumplimiento de observaciones y sugerencias de mejoras formuladas al notario en inspecciones previas

No corresponde, al tratarse de la primera supervisión al oficio.

Gonzalo Pérez Correa
Fiscal Judicial